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Humedales de Boquerón, Cabo Rojo, Puerto Rico, Eric Ardito, Unsplash.

(Mayagüez, Puerto Rico) – Recibimos este informe en la redacción de Marea Ecologista, preparado por el geólogo mayagüezano Ángel Alicea León, y el cual se comparte en chats profesionales de la mencionada disciplina. Marea Ecologista publicará material y contenido investigativo pertinente al megaproyecto Esencia, cuyas vistas públicas se celebrarán en la alcaldía de Cabo Rojo los días 6 y 7 de marzo, a partir de las 10: 00 A.M. de la mañana, para que la ciudadanía tenga más herramientas para oponerse a este nefasto proyecto.

“Mi inquietud principal es el volumen de este proyecto. Lo que proponen los desarrolladores no concuerda con lo que realmente quieren hacer. El ejemplo más obvio son los campos de golf”, dijo Alicea de León, en una entrevista con Marea Ecologista, en la que conversó sobre sus observaciones profesionales. 

“La cantidad de personas que constantemente van a estar en este terreno, en todas las áreas, infraestructuras, uso de recursos. Lo que me trae a otro problema, los desperdicios sólidos. Estamos en un área donde no hay un vertedero cerca que pueda manejar ese volumen, los más cercanos están bajo orden de cierre. Con las 1,400 viviendas, sin contar lo comercial, los hoteles. Y mientras más alto el nivel económico de las personas que estén en ese espacio, más consumo. Podemos estar hablando de 25,000 a 30,000 de libras de desperdicios, diarios. ¿Cómo van a manejar esos desperdicios? Pero en el plan no hay detalles cómo lo van a hacer”

Otro asunto, expuso el experto “el agua de consumo. Todo requiere infraestructura. Hablaron de aguas subterráneas, salobres, al igual que si se sacara del mar. Todo eso requiere infraestructura. Plantas, infraestructura. También preocupan las escorrentías, ¿cómo baja esa agua de los campos de golf, de las estructuras? ¿Cómo van a irrigar dos campos de golf en una de las zonas más secas de Puerto Rico?”

A continuación este informe detalla 40 incumplimientos ambientales del megaproyecto Esencia, según la Declaración de Impacto Ambiental presentada y analizada por el geólogo Alicea León.

Boquerón | Eric Ardito | Unsplash

Informe Alicea León

Este informe detalla 40 áreas en las que el proyecto de desarrollo “Esencia” en Cabo Rojo, Puerto Rico, no cumple con el Reglamento 4860 del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), según lo analizado en el borrador de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) presentado por los desarrolladores. La evaluación se basa en la revisión de disposiciones de protección ambiental del Reglamento 4860 y el análisis de medidas propuestas en el DIA.

1. Protección de manglares: Los manglares en la zona del proyecto son ecosistemas críticos que actúan como barreras naturales contra tormentas y erosionan el impacto de oleajes. El Reglamento 4860 protege estrictamente estos ecosistemas debido a su alta biodiversidad y función en el equilibrio costero. Sin embargo, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) no presenta un plan de conservación suficiente, ya que las intervenciones previstas podrían degradar la estructura y salud de los manglares, afectando también las especies que dependen de este hábitat.

2. Conservación de humedales: Los humedales son clave para la mitigación de inundaciones y la protección de la biodiversidad. Aunque la DIA identifica estos ecosistemas en la zona del proyecto, el plan de restauración propuesto es insuficiente para compensar la destrucción inicial. La normativa exige que el desarrollo preserve estos hábitats, garantizando que sus funciones ecológicas no se vean comprometidas.

3. Erosión costera: Las zonas costeras son vulnerables a la erosión, especialmente cuando se realizan construcciones sin las precauciones adecuadas. El Reglamento 4860 enfatiza la importancia de prevenir la erosión para proteger tanto la biodiversidad como la infraestructura local. La DIA menciona medidas básicas para prevenirla, pero estas no cumplen con el nivel de rigor que exige el reglamento, especialmente considerando el impacto potencial en la línea costera.

4. Protección de especies en peligro: En el área del proyecto se encuentran especies en peligro, como el guabairo y la mariquita, y el pelícano pardo, cuya conservación es prioritaria según el reglamento. La DIA reconoce la presencia de estas especies, pero no presenta un plan de mitigación específico para evitar el impacto en sus hábitats. Esto pone en riesgo a estas especies, en contravención de la normativa de protección de especies vulnerables.

5. Impacto a aguas subterráneas: El uso de pozos profundos propuesto podría reducir el nivel freático y afectar negativamente los acuíferos, un recurso esencial en áreas costeras. La normativa establece la sostenibilidad hídrica como un requisito para preservar los acuíferos, algo que la DIA no aborda de manera exhaustiva.

6. Contaminación de aguas superficiales: Las aguas superficiales pueden verse contaminadas por escorrentías de la construcción. La DIA propone algunas medidas de control, pero estas son insuficientes y carecen de detalle. Esto contraviene la normativa, que exige la prevención de contaminación de cuerpos de agua para proteger el equilibrio ecológico.

7. Control de escorrentías: Las escorrentías no controladas pueden llevar contaminantes a los humedales y otros cuerpos de agua. La DIA no presenta un sistema detallado de control para evitar estos efectos, incumpliendo los estándares del reglamento que requiere minimizar este tipo de contaminación.

8. Calidad del aire: Durante la construcción y operación del proyecto, es probable que se emitan partículas y contaminantes al aire. La DIA no proporciona un plan claro para el control de estas emisiones, incumpliendo con las disposiciones de calidad del aire del Reglamento 4860.

9. Protección de la industria pesquera: La pesca es una industria importante para las comunidades costeras, y cualquier cambio en la calidad del agua podría afectar su sostenibilidad. La DIA no aborda cómo el proyecto mitiga sus efectos en la pesca, incumpliendo con las normativas que buscan proteger actividades económicas locales.

10. Contaminación lumínica y acústica: La contaminación lumínica y el ruido pueden afectar a la fauna nocturna y a las aves migratorias en la región. La DIA no menciona medidas efectivas para reducir estos efectos, incumpliendo con la normativa que requiere protección de los hábitats nocturnos y la fauna sensible.

11. Conservación de corredores ecológicos: Los corredores ecológicos permiten la libre movilidad de especies entre hábitats. La fragmentación del área podría restringir este movimiento, y la DIA no aborda esta preocupación, en violación de las disposiciones del reglamento sobre la preservación de corredores.

12. Impacto en la fauna acuática: La escorrentía contaminada generada por el proyecto puede afectar la vida marina local. La DIA no toma en cuenta el impacto en la fauna acuática, lo cual incumple con los requisitos de conservación de especies acuáticas del reglamento.

13. Manejo de residuos sólidos: La gestión de los residuos sólidos generados durante la construcción y operación es crucial para evitar la contaminación ambiental. La DIA no detalla un plan adecuado para el manejo de estos residuos, lo cual contraviene la normativa que requiere prácticas responsables de manejo de desechos.

14. Sostenibilidad hídrica: La extracción de agua subterránea podría impactar la disponibilidad a largo plazo de los recursos hídricos. La DIA no evalúa adecuadamente esta cuestión, incumpliendo con el reglamento que enfatiza la sostenibilidad en el uso de agua.

15. Protección de vegetación Nativa: La flora nativa contribuye a la estabilidad del ecosistema local. La DIA no especifica medidas para conservar la vegetación autóctona, lo que incumple con los requisitos de preservación de especies nativas.

16. Acceso público a la costa: El Reglamento 4860 garantiza el acceso público a la zona marítimo-terrestre. El proyecto restringe este acceso, lo que contradice el mandato del reglamento de mantener el uso público de estas áreas.

17. Estabilidad del suelo: La remoción de vegetación y la construcción sin estudios adecuados de estabilidad del suelo pueden llevar a deslizamientos y otros problemas de seguridad. La DIA no aborda estos riesgos, incumpliendo la normativa de estabilidad del suelo.

18. Impacto visual y paisajístico: El proyecto impactará el valor estético de la costa, algo que la normativa intenta proteger en áreas de alto valor paisajístico. La DIA no contempla medidas de mitigación para proteger la estética natural.

19. Prevención de contaminación química: Los productos químicos utilizados en la construcción pueden afectar el entorno natural. La DIA no menciona el uso de productos químicos seguros, incumpliendo la normativa de prevención de contaminación.

20. Mitigación de cambio climático: La normativa requiere que los proyectos consideren los efectos del cambio climático, como el aumento del nivel del mar y las tormentas. La DIA no contempla estas adaptaciones, incumpliendo el reglamento.

21. Protección de acantilados: Los acantilados y otras formaciones geológicas son especialmente sensibles. La DIA no establece un plan para proteger estas áreas de posibles impactos de construcción, incumpliendo la normativa.

22. Construcción en Áreas No Permitidas: El proyecto incluye estructuras en la zona marítimo-terrestre, lo cual no está permitido a menos que sean estrictamente necesarias para actividades acuáticas, incumpliendo con las restricciones del reglamento.

23. Protección de Reservas Naturales: La proximidad del proyecto a reservas naturales requiere medidas estrictas para evitar su alteración. La DIA no presenta planes de mitigación suficientes para proteger estas áreas.

24. Preservación de Hábitats de Alta Biodiversidad: La DIA no especifica un plan para preservar hábitats de alta biodiversidad, algo que es crucial para el equilibrio ecológico y el cumplimiento del reglamento.

25. Planes de contingencia para especies en peligro: La DIA no menciona protocolos de emergencia en caso de eventos extremos, algo requerido para la protección de especies vulnerables.

26. Protección de Cuencas Hidrográficas: Las actividades de construcción pueden alterar las cuencas cercanas. La DIA no detalla medidas de protección, en contra del reglamento.

27. Integridad de Ecosistemas: La fragmentación de hábitats impacta la integridad del ecosistema. La DIA no toma en cuenta esta preocupación, incumpliendo la normativa.

28. Falta de Energías Renovables: La DIA no propone ninguna medida para utilizar energías renovables, en contradicción con las recomendaciones de sostenibilidad.

29. Manejo de Aguas Residuales: No se detallan planes para el tratamiento adecuado de aguas residuales, en incumplimiento del reglamento.

30. Preservación de Especies Marinas: La DIA no toma en cuenta las necesidades de conservación de la fauna marina en la zona, lo cual es un incumplimiento.

31. Evitar conflictos de uso de suelo: La ubicación de ciertas estructuras podría generar conflictos con áreas de conservación. La DIA no aborda este aspecto.

32. Plan de monitoreo ambiental insuficiente: La DIA no presenta un plan robusto de monitoreo ambiental para evaluar el impacto a largo plazo.

33. Protección de Áreas Recreativas: La construcción afecta áreas recreativas públicas sin un plan para asegurar su conservación.

34. Impactos acumulativos no considerados: La DIA no analiza los efectos acumulativos del proyecto en el tiempo, lo cual es un incumplimiento claro del reglamento.

35. Evaluación de impactos indirectos: La DIA no considera impactos indirectos en la zona circundante, como los efectos en las comunidades locales.

36. Supervisión y Fiscalización: No se menciona un mecanismo de supervisión que garantice la implementación de las medidas de mitigación propuestas.

37. Educación ambiental para trabajadores: La DIA no incluye planes de educación ambiental para el personal, que podrían ayudar a reducir el impacto ambiental.

38. Prevención de invasión de especies eo nativas: La introducción de maquinaria y materiales podría llevar especies invasoras a la zona. La DIA no menciona ningún plan para mitigar este riesgo.

39. Evaluación de Riesgo Sísmico: La construcción en una zona sísmica requiere estudios de riesgo, los cuales no se detallan en la DIA.

40. Compensación Ecológica Específica: Aunque la DIA menciona mitigación básica, no presenta un programa específico para compensar los daños ambientales en la misma magnitud que se producen.

Por Marcos Pérez Ramírez

Periodista y editor fundador