El Lcdo. René “Chile” Comas Pérez radicó una demanda en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Cabo Rojo (Caso Civil CB2026CV00601), contra el periodista Marcos Pérez Ramírez, la plataforma multimedia MareaEcologista.com, el creador de contenido Gabriel “Gabo” Ramos y otras partes. El recurso legal, presentado el 20 de agosto de 2026, invoca causas de acción por difamación y violación a la Ley del Derecho sobre la Propia Imagen.
Origen de la controversia e impugnación de los hechos
La controversia surge a raíz de la publicación de un artículo el 18 de agosto de 2026 en el sitio web mareaecologista.com, titulado Propagandista de Esencia coge ‘su agüita’ durante recaudación de fondos de la Gobernadora. El texto y las imágenes adjuntas aseveraban que el demandante asistió a un evento de recaudación de fondos del Comité Jenniffer González Colón, Inc., celebrado el 15 de agosto en Isla Verde, pagando la suma de $2,500, y que fue increpado por manifestantes a su entrada.
Según el escrito de la demanda, las afirmaciones contenidas en la publicación son falsas. El demandante sostiene que no asistió al referido evento político ni realizó donación alguna. Se señala en el documento que, durante la tarde y noche de esa fecha, Comas Pérez se encontraba en el municipio de Cabo Rojo, donde cenó en el restaurante Antares y pernoctó en la zona. Asimismo, el demandante fundamenta que en su condición de Contralor Electoral Auxiliar de la Oficina del Contralor Electoral (OCE) —cargo que ocupa desde octubre de 2018— tiene un compromiso de confidencialidad e incompatibilidad legal que le prohíbe realizar aportaciones a comités políticos o participar en sus actividades.

Reclamos legales, difusión digital y remediación solicitada
El pleito imputa a los demandados la difusión de una imagen alterada digitalmente sin autorización del demandante, alegando además el uso de dicha imagen en una plataforma que solicita aportaciones económicas mediante ventanas emergentes.
Respecto a Gabriel Ramos, se expone que republicó el contenido y difundió un video en Instagram consultando a una plataforma de inteligencia artificial sobre la autenticidad de la fotografía. Asimismo, se señala que el contenido fue difundido por terceros en redes sociales.
El demandante solicita al Tribunal una orden para la remoción inmediata de las publicaciones, fotos y videos cuestionados de las páginas web y redes sociales correspondientes.
De igual forma, requiere el pago de una indemnización por los daños reputacionales e intangibles ocasionados, sumado al pago de costas, gastos procesales y honorarios de abogados.