El Cuerpo de Ingenieros del Ejército de los Estados Unidos (USACE, por sus siglas en inglés) emitió una contundente orden de cese y desista en contra del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) de Puerto Rico por operaciones ilegales de dragado y vertido de material de relleno en la desembocadura del Río Grande de Loíza sin la previa autorización federal.
Según el expediente SAA-2026-00012, una carta fechada el 8 de julio de 2026 y dirigida al secretario Waldemar Quiles, USACE alega que la agencia estatal realizó estas acciones ilegales en un área que la agencia federal define como aguas navegables de Estados Unidos, por lo que se activa la jurisdicción federal.

Lo que hace la situación particularmente grave es que el DRNA no puede argüir desconocimiento. El documento indica que el personal del USACE sostuvo múltiples discusiones presenciales con los funcionarios del DRNA, advirtiéndoles en reiteradas ocasiones sobre la necesidad imperiosa de obtener un permiso del Departamento del Ejército (DA) antes de iniciar cualquier obra.
Según el expediente documental, USACE fue proactivo en su labor educativa, impartiendo talleres de adiestramiento regulatorio y proporcionando recientemente materiales de capacitación, documentos de orientación y otros recursos para asegurar la comprensión de los procesos y requisitos. USACE concluye que el DRNA tuvo amplio aviso y múltiples oportunidades para buscar orientación. Este historial de notificaciones y adiestramientos será considerado al evaluar las posibles acciones coercitivas.

El sustento legal se basa en la Sección 10 de la Ley de Ríos y Puertos de 1899, que prohíbe la colocación de estructuras, excavación o descarga de material de dragado en aguas navegables sin autorización del DA, y la Sección 404 de la Ley de Agua Limpia, que prohíbe la descarga de relleno en aguas de Estados Unidos, incluyendo humedales asociados. USACE subraya que cualquier vertido en estas aguas, independientemente de su naturaleza, está sujeto a estrictas disposiciones regulatorias.
Consecuencias legales
En cuanto a las consecuencias legales, el documento no deja espacio para la duda. Bajo 33 CFR 326.6, el DRNA enfrenta penalidades civiles de hasta $68,446 por día de actividad ilegal. Las penalidades criminales de la Ley de Agua Limpia conllevan multas de hasta $50,000 por día o penas de prisión. Las violaciones a la Ley de Ríos y Puertos implican sanciones de hasta $100,000 para individuos y $200,000 para corporaciones, además de hasta un año de cárcel. USACE también puede exigir la restauración del área impactada y la mitigación de daños, un costo que añadiría una carga devastadora para las arcas del estado.

Para resolver la situación, el USACE estableció un plazo perentorio de 15 días. El DRNA debe proporcionar información sobre el cumplimiento legal, los efectos ambientales y el historial de las actividades. Basado en la respuesta, el Cuerpo decidirá si procede una restauración, un permiso ex post facto, o acciones legales.
La información provista formará parte del expediente público y podría ser utilizada en acciones judiciales. La orden constituye un recordatorio de la rigurosa vigilancia federal sobre los ecosistemas acuáticos, colocando al DRNA en una posición administrativa y legal delicada para justificar sus acciones.

Los feds vs el DRNA
La página final de la orden de cese y desista emitida por el Cuerpo de Ingenieros del Ejército de EE.UU. (USACE) revela la magnitud de la coordinación federal contra el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), mientras que el cálculo de las penalidades máximas, basado en los siete días de actividad ilegal confirmados, expone a la agencia a una multa potencial combinada de $1,129,122.
Este monto se desglosa de manera estricta según lo citado en el expediente SAA-2026-00012: las penalidades civiles ascienden a $479,122 por la semana de operaciones en el Río Grande de Loíza. A esto se añaden las penalidades criminales bajo la Ley de Agua Limpia, que ascienden a $350,000. El Cuerpo también advierte sobre multas de hasta $100,000 para individuos bajo la Ley de Ríos y Puertos.
Sumando todos los topes de multas, el DRNA y sus funcionarios podrían exponerse a una pena de $1,129,122, sin contar los costos de restauración ambiental que también podrían exigírseles en un futuro inmediato. Además, las personas responsables podrían enfrentar una pena de hasta un año de prisión.
La tercera página del documento, firmada por el coronal Brandon L. Bowman en representación del comandante del Distrito, introduce un nivel de presión inter agencial sin precedentes. USACE notificará formalmente a la Agencia de Protección Ambiental (EPA) sobre las violaciones a la Ley de Agua Limpia, mientras solicita comentarios de múltiples agencias federales y del Estado Libre Asociado.

La lista de copia (cc) incluye a Carmen Guerrero, directora de la División de Protección Ambiental del Caribe de la EPA; Lourdes Mena, Supervisora de Campo del Servicio de Pesca y Vida Silvestre de EE.UU. (USWS); Helena Antoun del Servicio Nacional de Pesca Marina (NMFS); y, lo más preocupante para el secretario Quiles, a la Licenciada Mildred Sotomayor Bourbon, directora de la División Legal del propio DRNA. Esta notificación directa a la oficina legal interna sugiere que el Cuerpo está preparando el terreno para potenciales acciones civiles y criminales que ya han sido puestas en conocimiento de los asesores jurídicos de la agencia.
Postura del Municipio de Loíza
Es pertinente incluir en el análisis la postura expresada por la alcaldesa del municipio de Loíza, quien ha defendido en reiteradas ocasiones la necesidad de estos dragados como una obra impostergable de mitigación de inundaciones que azotan severamente a la población.
Su posición, expuesta en comunicados públicos y plataformas de redes sociales, choca con el riguroso marco federal ambiental, pero, a su vez, sirve como recordatorio de la disyuntiva que enfrentan los municipios costeros del archipiélago de Puerto Rico, atrapados entre la urgencia inmediata de la seguridad pública y el cumplimiento de los estatutos de protección ambiental y de aguas navegables a largo plazo.
“La persona que me llamó del DRNA y luego habló con el vicealcalde para dejar dos máquinas en el estacionamiento del Miguel Fuentes Pinet, nos dijo claramente ‘se comenzará el dragado y esa arena va para Parcelas Suárez’. Si lo tengo que poner en declaración jurada lo hago”, dijo la alcaldesa en su página de la red social Facebook.

USACE dejó claro que el DRNA no puede argüir desconocimiento. El propio Cuerpo confirma en la carta que ya había impartido adiestramientos regulatorios y múltiples advertencias previas al inicio de los trabajos.
Con el expediente abierto a la participación de la EPA y otras agencias federales, el plazo de 15 días otorgado al DRNA para presentar su descargo luce como una última oportunidad para evitar la judicialización del caso.
Si el DRNA no logra justificar las obras de manera convincente, la exposición financiera de $1,129,122 podría convertirse en una sentencia económica demoledora para la agencia, mientras el municipio de Loíza queda en el centro de una controversia que trasciende el ámbito ecológico para adentrarse en el meollo legal y político de la relación entre el gobierno local y las autoridades federales.