Facebook X Instagram YouTube TikTok Spotify

(San Juan)– El Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA) enmendó la orden de cese y desista que emitió contra la construcción de una casa vagón, terraza y relleno de playa con revestimiento de piedras en Joyuda, Cabo Rojo, para imputarle a los dueños el aprovechamiento de la zona marítimo terrestre (ZMT) mediante la reconstrucción de una rampa para embarcaciones.  

La orden de cese y desista de la querella #24-102-ZMT le imputa a Luz Vicenty Rivas, Samuel Figueroa Vicenty, José Rubio Santana, Trinidad Ríos Gutiérrez, violar cuatro artículos del Reglamento 4860 para el Aprovechamiento, Vigilancia, Conservación y Administración de las Aguas Territoriales los Terrenos Sumergidos Bajo Estas, y la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) de Puerto Rico, y una violación al artículo 5 de la Ley 23 de 1972.  

“Que se enmienda la presente Orden de Cese y Desista y Mostrar Causa a los fines de intervenir para incluir una Intervención del 4 de octubre de 2022 por reconstrucción de una rampa en cemento en los bienes de dominio público sin contar con la concesión correspondiente”, dice la orden enmendada y cuya vista administrativa pública se supone que se celebrara hoy 11 de junio.  

La nueva vista administrativa se pauta para el 9 de julio a las 9:00 a.m. y será en el Salón de Vistas, piso 8, en la oficina central del DRNA, en el sector El Cinco, carretera PR-8838, Río Piedras. Antes, las partes tendrán una reunión el 26 de junio a las 10:00 a.m., en la oficina de asuntos legales del Departamento. 

A las personas querelladas se le impusieron el pago de tres multas administrativas que suman $15,000 por “construcción”; “estructura dedicada a vivienda”; y por el “vertido de piedras” “en bienes de dominio público marítimo terrestre”.  

También se les advierte que, si reinciden en violar el Reglamento 4860, la secretaria del DRNA podría “imponer una multa adicional de hasta un máximo de $10,000 por cada acto ilegal. Cada infracción diaria se considerará como una violación separada y está sujeta a la multa adicional antes indicada”. 

Asimismo, la Orden de Cese y Desista exige la paralización de toda actividad de reparación, construcción, reconstrucción, uso y aprovechamiento que describe el documento en su relación de hechos, “la instalación de dos ‘trailers’ con balcón en la zona marítimo terrestre, en adición [SIC] tiraron piedras para hacer un rompeolas sin la autorización del DRNA y las agencias pertinentes estatales y federales”. 

El documento de cese y desista (#24-102-ZMT) y su nueva enmienda valida las denuncias de la comunidad, aparándose en la Ley #23 y el Reglamento 4860, y es uno de los cuatro casos investigados por Marea Ecologista. 

Periodismo de resultados 

Este es el segundo caso en el que logramos periodismo de resultados tras la publicación de nuestros reportajes investigativos. Hace dos años, y mientras colaboraba con los colegas de EyBoricua! investigamos y reportamos cómo el señor Moisés Sánchez Loperena, expresidente de Junta de Subastas de la Autoridad de Carreteras (ACT) se intentó apropiar de 30 pies de playa en la comunidad de Joyuda, mediante una concesión de uso fatula y disparatada que le otorgó el exsecretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), licenciado Rafael Machargo.    

¡Únete a la Marea! Marea Ecologista depende de las aportaciones de su comunidad de seguidores para seguir creando contenido y noticias de calidad sobre naturaleza, cultura y comunidad. Respaldanos en la plataforma Patreon con una modesta aportación mensual. Tu colaboración nos permite contar con mejor equipo para crear contenidos y noticias, así como para expandir la red de periodistas que colaboran con Marea Ecologista. ¡Súmate como patrocinador/a de la Marea hoy!

Por Marcos Pérez Ramírez

Periodista y editor fundador